Cada vez que hagas uno de los siguientes cambios, tienes que realizar modificaciones en el Documento de Seguridad:
Si contratas a un trabajador tiene que firmar el acuerdo de confidencialidad y la entrega del Manual de Usuario, y no olvides incluir en su contrato la información del tratamiento de sus datos.
Cuando te firme el acuerdo inclúyelo en el Anexo II del Documento de Seguridad y lo incluyes como usuario en el apartado 4 (Medidas de Seguridad – Control de acceso).
Aquí te dejo las plantillas de ambos documentos:
Si contratas los servicios de un profesional autónomo para que sea parte del equipo, tendrá que firmar un acuerdo de encargado de tratamiento de datos.
Debe enviarte el acuerdo firmado y lo adjuntas en el Anexo II del Documento de Seguridad y lo incluyes como usuario en el apartado 4 (Medidas de Seguridad – Control de acceso).
Aquí te dejo la plantilla por si no tienen su propio acuerdo:
Cuando cambies y proveedor o comiences a trabajar con uno nuevo, como puede ser el hosting, email marketing, gestor fiscal, herramienta de facturación,… tendrás que:
Si vas a hacer un nuevo tratamiento de datos, tendrás que añadirlo en el punto 1 – Ámbito de aplicación del documento, y hacer un nuevo registro de tratamiento de datos en el Anexo I.
Por ejemplo, si hasta el momento tenías tu web con tus suscriptores y ofrecías servicios tu tratamiento de datos serían los siguientes:
Pero si decides crear un curso, y además creas un programa de afiliados para promocionarlo, tendrías que ampliar el tratamiento de los datos con Alumnos y Afiliados. El tipo dependerá si será solo online (automatizado) u online y en papel (mixto).
En el caso de pérdida, destrucción o robo de un dispositivo en el que se contienen datos del negocio, se tendrá que anotar como una incidencia en el Documento de Seguridad, en el Anexo V.
Si se va a utilizar un nuevo dispositivo, como puede ser un móvil disco duro externo, pendrive, ordenador,…. habrá que incluirlo en el Anexo III – Aplicaciones y sistemas informáticos utilizados, del Documento de Seguridad.
Será igual que en el caso del uso de un nuevo dispositivo, hay que incluirlo en el Anexo III del Documento de Seguridad.
En el ANEXO V se llevará un registro de las brechas de seguridad
Cuando una misma incidencia se repita en más de una ocasión, se tomarán nuevas medidas de seguridad para evitarla, y se dejará constancia en el Documento de Seguridad de la nueva medida de seguridad
PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN INTERNA DE INCIDENCIA:
SE CONSIDERA BRECHA DE SEGURIDAD
______
NOTIFICACIÓN DE BRECHA DE SEGURIDAD A LOS PERJUDICADOS Y A LA AEPD
Una vez registrada la incidencia, se analiza si supone un riesgo para los afectados, siguiendo los siguientes criterios:
Si se dan uno de estos criterios hay que notificar a los afectados y a la AEPD en un plazo de 72 horas desde que se detecta la brecha de seguridad. La notificación se realizará aquí:
En el Libro de Incidencias se registrará también la notificación realizada y la resolución del problema.
Si se pierde información y no es posible restaurar la información al estado anterior mediante la copia de seguridad (por ejemplo porque no estaba actualizada), deberá anotarse como una brecha de seguridad en el anexo V del Documento de Seguridad.
En todo momento se debe asegurar los derechos que los afectados tienen respecto a sus datos personales.
En el momento de que cualquier usuario tenga noticia de una solicitud de derechos por parte de un afectado, se lo comunicará de forma inmediata al Responsable del Tratamiento, con el fin de que éste pueda resolverla en los plazos previstos en la ley.
Podrán solicitar sus derechos a través de cualquier medio, siempre que se identifiquen, por ejemplo con DNI.
Estas solicitudes deben responderse en un tiempo máximo de 10 días, y deben responderse siempre, aunque no se disponga de ningún dato del usuario (así se le indicará).
Todas las solicitudes irán anotadas en el ANEXO IV del Documento de Seguridad.
Por ejemplo, pueden escribirte directamente un usuario para que no le mandes más correos. En ese caso le das de baja en la lista, le respondes que ya se ha procedido a la baja, y ese email de solicitud y tu respuesta, le haces un pantallazo y los incluyes en el Anexo IV.